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BOE: preaviso de 6 meses o tu alquiler sigue 5 años más
El BOE publicó el 7 de octubre de 2026 el Real Decreto-ley 28/2026. Si entra en vigor el 15 de noviembre de 2026, el propietario que no avise con seis meses de antelación de que no renovará el contrato tendrá que mantenerlo cinco años más (siete si el arrendador es una empresa). Afecta a cualquiera con un piso en alquiler de vivienda habitual en Mallorca.
Seis meses de preaviso frente a los cuatro actuales
Hoy el artículo 10 de la LAU exige cuatro meses de preaviso al arrendador y dos al inquilino, con prórrogas anuales hasta tres años. El nuevo decreto sube el preaviso del propietario a seis meses y el del inquilino a dos. Si no se avisa a tiempo, el contrato se prorroga automáticamente cinco años más (siete si el arrendador es persona jurídica), y esas prórrogas pueden repetirse sucesivamente.
Hay un matiz importante para quien ya tiene un contrato en marcha. Si tu piso ya está en periodo de prórroga del antiguo artículo 10.1 cuando entre en vigor la reforma, seguirá con el régimen anterior hasta que termine esa prórroga. A partir de ahí, ya entrarían las nuevas reglas.
También hay un plazo transitorio pensado para quien tiene el contrato a punto de vencer. Si el 15 de noviembre de 2026 quedan menos de seis meses para el vencimiento, el propietario puede avisar con solo cuatro meses de antelación en ese caso concreto.
Qué significa la indemnización si avisas tarde
Avisar a tiempo no siempre basta para recuperar el piso sin coste. Si el aviso se hace mal o fuera de plazo, la reforma prevé una indemnización: la mayor cantidad entre doce mensualidades o una mensualidad por cada año que el inquilino haya vivido en el piso, con prorrateo por meses y días.
El cálculo se hace sobre el valor superior del sistema estatal de referencia de precios de alquiler, si existe para esa vivienda. Si no hay dato de referencia, se usa la renta mensual vigente en el momento del aviso. Por regla general, se paga al entregar el piso.
- Necesidad propia o familiar: si el propietario o familiares previstos necesitan el piso, no hay indemnización.
- Otra vivienda del inquilino: si tiene otra vivienda apta en el mismo municipio, tampoco procede.
- Piso vacío más de 6 meses: si el inquilino no ha habitado el piso más de seis de los doce meses previos al aviso, queda excluido.
- Nuevo contrato u oferta rechazada: firmar otro contrato de vivienda habitual, o rechazar una oferta fehaciente, también exime.
Todas estas causas deben constar por escrito, de forma expresa y detallada, en el propio preaviso. Si alegas necesidad propia y no ocupas el piso en los tres meses siguientes a la entrega, salvo fuerza mayor, el inquilino tiene derecho a la indemnización igualmente.
El preaviso sube de cuatro a seis meses y la prórroga, de tres años a cinco (o siete).
Qué mirar esta semana en tus contratos
Si ya notificaste la no renovación antes del 7 de octubre de 2026, ese aviso conserva su validez y no genera la nueva indemnización, aunque el contrato se prorrogue después. Es la disposición transitoria más relevante para quien gestiona varios pisos en Palma.
Lo que haríamos nosotros: revisar hoy, piso por piso, la fecha exacta de vencimiento de cada contrato y la fecha de cualquier aviso ya enviado. No es un trámite para dejar para diciembre. Un error de cálculo en el plazo puede convertir un piso que creías libre en uno con cinco años más de contrato, o en una indemnización que no esperabas.
La reforma llega después de que el Congreso rechazara los decretos anteriores el 2 de octubre, y su convalidación parlamentaria sigue sin estar garantizada. Eso no cambia lo que conviene hacer ahora: mirar el calendario de cada contrato con la norma vigente hoy, no con la que esperamos que salga.
Esta semana, revisa el calendario de vencimientos de cada piso y comprueba si algún aviso de no renovación ya está enviado o pendiente de enviar.
Si quieres saber qué puedes hacer hoy con tu piso según la normativa vigente, consulta la guía actualizada. Y si no tienes claro si te conviene alquilar por habitaciones o en larga estancia con estos plazos nuevos, haz el diagnóstico gratis.
Inmobiliaria NO, solución a propietarios SÍ.
Fuente: pymesyautonomos.com
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